lunes, 21 de julio de 2014

Sala Constitucional del TSJ mediante sentencia Nro. 806 del 8 de julio de 2014 ejerciendo el control concentrado de la constitucionalidad, anuló la parte final del artículo 228 del Código Civil.

Sala Constitucional del TSJ mediante sentencia Nro. 806 del 8 de  julio de 2014 ejerciendo el control concentrado de la constitucionalidad, anuló la parte final del artículo 228 del Código Civil.

Se ANULA la parte in fine del artículo 228 del Código Civil, publicado en la Gaceta Oficial n.° 2.990 Extraordinario del 26 de julio de 1982, leyéndose en consecuencia la norma integra de la siguiente manera:
Artículo 228: Las acciones de inquisición de la paternidad y la maternidad son imprescriptibles frente al padre, a la madre y a los herederos de éstos”.

Sala:  Sala Constitucional
No.: 806
Fecha: 08/07/2014
Partes:  Emilia Isabel Infante Rivas, contra Yolimar Alejandra Hernández Díaz, heredera universal de Luis Alberto Hernández Guerrero
Magistrado Ponente: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

0 comentarios:

Publicar un comentario