domingo, 22 de enero de 2017

Características del procedimiento de amparo constitucional

Extracto:
(...)
"No comparte esta Sala el pronunciamiento realizado por el Juzgado de la causa.
En efecto, de una revisión de las actas que conforman este expediente, se evidencia que el apoderado judicial del accionante, señaló lo siguiente:
''Dejó indefenso a mi representado VICTOR ENRIQUE MONTERO, demandante en autos, para interponer el recurso de apelación''.
De lo cual se desprende, que la parte accionante señaló que no había interpuesto el recurso ordinario de apelación en contra de la sentencia impugnada.
Si bien es cierto, que la estructura gramatical empleada por el accionante, no es apropiada desde el punto de vista forense, no puede colegirse otra significación de la misma.
El criterio y la interpretación empleada por el a quo, a fin de declarar inadmisible la acción de amparo, es contrario al espíritu y propósito de los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que disponen:

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