domingo, 3 de marzo de 2013

EL TSJ LE MODIFICA LA COMPETENCIA A LOS TRIBUNALES EJECUTORES DE MEDIDAS, PUDIENDO ESTOS CONOCER DE OTROS ASUNTOS JUDICIALES Y A LOS TRIBUNALES ORDINARIOS LES OTORGO COMPETENCIAS EN EJECUCION DE MEDIDAS

Que en virtud de las nuevas competencias asignadas a los Juzgados de Municipio de la República Bolivariana de Venezuela, por las directrices tomadas por esta Sala Plena como órgano de dirección, gobierno y administración del Poder Judicial, para descongestionar y hacer más expedito el trámite de las causas que cursaban en los Tribunales de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito en la República, estima que se hace necesario atribuir nuevas competencias a los Tribunales de Municipio Ejecutores de Medidas en el ámbito nacional, debido a la evidente disminución de las comisiones.
 
Se atribuye competencia ordinaria a los Tribunales de Municipio Ejecutores de Medidas en el ámbito nacional, manteniendo éstos su competencia actual, en consecuencia, tendrán ambas competencias, tanto de ejecución como de conocimiento.

Ver Comunicado
http://www.tsj.gov.ve/informacion/resoluciones/sp/resolucionSP_0001400.html

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