Que en virtud de las nuevas competencias asignadas a los Juzgados de Municipio de la República Bolivariana
de Venezuela, por las directrices tomadas por esta Sala Plena como
órgano de dirección, gobierno y administración del Poder Judicial, para
descongestionar y hacer más expedito el trámite de las causas que
cursaban en los Tribunales de Primera Instancia con competencia en lo
Civil, Mercantil y del Tránsito en la República,
estima que se hace necesario atribuir nuevas competencias a los
Tribunales de Municipio Ejecutores de Medidas en el ámbito nacional,
debido a la evidente disminución de las comisiones.
Se
atribuye competencia ordinaria a los Tribunales de Municipio Ejecutores
de Medidas en el ámbito nacional, manteniendo éstos su competencia
actual, en consecuencia, tendrán ambas competencias, tanto de ejecución
como de conocimiento.
Ver Comunicado
http://www.tsj.gov.ve/informacion/resoluciones/sp/resolucionSP_0001400.html
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